Contrainformación que no encontrarás en los medios oficiales y pistas que ayuden al despertar ciudadano y espiritual
martes, 30 de septiembre de 2025
EL REAL DECRETO LEY "DE APOYO A LA POBLACIÓN PALESTINA" NO SUPONE UN EMBARGO EFECTIVO DE ARMAS A ISRAEL
El Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley (10/2025, de 23 de septiembre) que supuestamente comportaría un embargo de armas a Israel. Tras examinar su articulado, concluimos que este texto NO constituye un embargo de armas. Tampoco responde a las demandas urgentes de la sociedad civil, a las obligaciones legales internacional ni a las necesidades del pueblo palestino. El texto incluye graves excepciones y no garantiza un blindaje real para poner fin al comercio de armas con Israel. Esta norma no supone un embargo: deja fuera elementos determinantes, regula de manera ambigua e incompleta y mantiene amplias grietas legales que permiten la continuidad de una inaceptable complicidad con el genocidio.
¿Por qué NO es un embargo?
Excepciones a la carta: el Gobierno se reserva la libertad de incluir excepciones en los casos que suponga un “menoscabo para los intereses generales nacionales”.
Permite el tránsito de barcos y aviones con material militar: no incluye protocolos de inspección ni mecanismos de verificación. En nuestros puertos, aeropuertos y bases militares pueden seguir transitando barcos y aviones con material militar. Tampoco veta el tránsito de buques o aeronaves sistemáticamente implicados en ese comercio.
No afecta a los contratos adjudicados a la industria militar israelí o sus filiales ni prohíbe que las empresas israelíes contraten con la administración pública española. Tampoco veta la asistencia financiera, la colaboración tecnológica o la cooperación militar.
No incluye medidas para frenar el uso de bases militares estadounidenses en España como plataforma para el comercio de armas con Israel.
Lo que sí incluye
Revocación de autorizaciones vigentes de importaciones y exportaciones: aunque se pueden mantener en vigor utilizando la excepción ambigua de la que permite al Gobierno reactivarlas cuando invoque un supuesto ‘interés general nacional»
Importaciones: se contempla la prohibición de importar material de defensa procedente de Israel. Pero aquí también se podría aplicar la excepción.
Combustibles militares: lo único nuevo y claro es la denegación del tránsito de combustibles JP4, JP5 y JP8 con destino a las Fuerzas Armadas israelíes.
¿Qué significa en la práctica?
Un texto que deja fuera aspectos clave no sirve para interrumpir las relaciones armamentísticas entre España e Israel y el genocidio contra el pueblo palestino.
Un embargo integral, la única vía real.
Un embargo integral significa prohibir cualquier exportación, importación, transferencia, producción o compraventa de armas con Israel, incluyendo todos los tránsitos, con carácter retroactivo y aplicable tanto a la contratación pública como privada. Además, debe contar con mecanismos de transparencia y verificación independiente que garanticen su cumplimiento real, sin medias tintas, excepciones ni trampas legales.
Solo un embargo integral puede romper la complicidad de España con el genocidio en Palestina. La medida aprobada hace una semana es un colador incapaz de frenar la participación del Estado español en graves violaciones de derechos humanos.
Si bien el Gobierno presenta esta medida como un hito simbólico —la primera vez que se aprueba un embargo de armas—, no podemos aceptar que este modelo se replique en el futuro. Un embargo parcial, lleno de agujeros y excepciones, perpetúa la impunidad y vacía de sentido la exigencia popular. Un embargo sólo tiene sentido si es integral y pone fin a toda la relación militar entre el estado español e Israel.
El Gobierno debe dejar de adoptar medidas simbólicas y debe tomar decisiones valientes. Lo que está en juego son vidas humanas. La sociedad civil exige un embargo de armas real, integral y sin fisuras.
(Fuente: https://rescop.org/)
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario