Dice el refrán que vale más prevenir que curar, pero nuestros gobernan- tes no se plantean ese dilema, dado que no hacen ni una cosa ni otra. |
Ante la brutal gota fría sufrida en Valencia el gobierno central, a quien legalmente corresponde declarar la emergencia nacional(1) y a partir de ahí desplegar al ejército y los servicios de emergencia, ha enviado tropas con cuentagotas pese a que el ejército cuenta con los medios idóneos para enfrentar esta situación.
Muchas unidades han solicitado ser activadas pero se les ha denegado. La clara intención de no poner los medios necesarios a disposición de quienes los necesitan ha llegado al extremo de que los guerrilleros del Mando de Operaciones Especiales que se encontraban de maniobras cerca de Letur y acudieron sin esperar órdenes a socorrer a las víctimas han recibido un "aviso" de Margarita Robles, ministra de Defensa, acusándolos de insubordinación.
Una primera hipótesis explicativa sería que se está buscando el rédito político poniendo el foco en los graves errores de gestión del gobierno autonómico, pero el hecho es que se está repitiendo un patrón común con otras catástrofes:
Con ocasión del huracán Katrina de 2005 el gobierno de Bush tardó 4 días en enviar al ejército para ayudar a la gente, con el resultado de 2.000 muertos.
En La Plata, Buenos Aires, una inundación inesperada causó un número desproporcionado de fallecidos en abril de 2012. Las autoridades fijaron la cifra en 69 para evitar la declaración de zona catastrófica por el infame procedimiento de ofrecer a los familiares hacerlos pasar como muertes naturales para no tener que hacerles autopsias y que pudieran velarlos de forma inmediata en vez de esperar semanas al examen post mortem.
En las inundaciones del Ahrtal (Alemania) en Julio de 2021 se denegó toda ayuda policial o militar, multaron a los ciudadanos que iban a ayudar y se confiscó el alimento y los enseres aportados por los voluntarios.
Hay algo extremadamente turbio en lo que está sucediendo con todas estas catástrofes. En el caso de Valencia diríase que los dirigentes están haciendo equilibrios entre el alargar lo más posible el sufrimiento de la población y el guardar la apariencia de eficacia. En el caso del Molt Honorable Carlos Monzón, digo Mazón, ese doble juego tomó tintes de opereta cuando el miércoles rechazó el ofrecimiento de ayuda del Grupo de Actuaciones Especiales (GRAE), la unidad de élite de bomberos de Cataluña, especializados en salvamentos y rescates, que ya se encontraban en camino, y el sábado la reclamó de vuelta.
Cuesta creer que los niveles de improvisación, incompetencia o pura y dura estupidez a los que estamos asistiendo no respondan a un plan. Y con un gobierno nacional integrado por peones de tan diversas obediencias, que van desde las Logias, órdenes y sociedades secretas desperdigadas desde Londres (¿verdad, Majestad?) hasta Miami (ministra Quercus, que la están mentando) pasando por las voluntades compradas por Soros, chantajeadas por Marruecos (¡que coindidencia! también él), teledirigidas por la CIA o el Mossad, etc., hasta llegar a los que simplemente juegan al despiste porque necesitan cortinas de humo para disimular sus conductas delictivas lo único imposible de encontrar es a alguien que esté cuidando los intereses del ciudadano, que es quien paga la fiesta, como viene ocurriendo desde que el mundo es mundo.
Si lo que afirma este titular es cierto, no es la me- ra dimisión lo que corresponde. Es la cárcel. |
(1).- Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
Artículo cuarto.
El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo ciento dieciséis, dos, de la Constitución podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad.
a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, INUNDACIONES, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos veintiocho, dos, y treinta y siete, dos, de la Constitución, concurra alguna de las demás circunstancia o situaciones contenidas en este artículo.
d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
(posesodegerasa)
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